Trata de personas
Una de las expresiones que toma la violencia hacia la niñez y la adolescencia es la trata de personas, una grave violación de los derechos humanos y una forma de violencia de género.
Por Lic. Cecilia Menoni (coordinadora general programática y punto focal de Protección Infantil) y Lic. Lucía Barros (coordinadora de Incidencia)
La violencia hacia niños, niñas y adolescentes es una realidad en nuestro país que paulatinamente va logrando una mayor sensibilización y, por ende, una mayor problematización. Sus manifestaciones son amplias y variadas y es fundamental reconocer cuáles son las diferencias entre ellas y los grados de avance del Uruguay en relación a su marco legal y elaboración y ejecución de política pública.
Una de las expresiones que toma la violencia hacia la niñez y la adolescencia es la trata de personas, reconocida como una grave violación de los derechos humanos y una forma de violencia de género.
En 2019, la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito planteó que el 72 % de las víctimas de trata en el mundo son niñas, adolescentes y mujeres adultas.
El Protocolo para prevenir, reprimir y sancionar la trata de personas, especialmente mujeres y niños, que complementa la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional, denominado Protocolo de Palermo y ratificado por Uruguay en la Ley 17 861 (2004), define tres componentes fundamentales que aparecen en los procesos de trata de personas: las acciones (captación, transporte, traslado, acogida o recepción de personas), los medios (coacción, amenaza, uso de la fuerza, rapto, fraude, engaño, abuso de poder o de una situación de vulnerabilidad) y la finalidad (explotación).
También establece un consenso internacional y los estándares mínimos que cada Estado debe garantizar.
El 20 de julio de 2018, Uruguay sanciona la Ley 19 643, en la que define a la trata como “la captación, el reclutamiento, el transporte, el traslado, la acogida, la recepción o el hospedaje de personas, dentro del territorio nacional o a través de fronteras, aunque mediare el consentimiento de las mismas, con fines de explotación. Sin perjuicio de otras formas de explotación, se consideran tales la explotación sexual, el matrimonio forzado o servil, el embarazo forzado, los trabajos o servicios forzosos u obligatorios, la esclavitud o las prácticas análogas a la esclavitud, la servidumbre, la explotación laboral, la mendicidad forzada, la extracción o transferencia ilícita de órganos, tejidos o fluidos humanos y la venta de personas, especialmente de niños, niñas o adolescentes” (Artículo 4).
El nuevo marco normativo nacional significó poner en agenda un tema muy complejo y que necesita de respuestas integrales e interinstitucionales, así como aceptar que Uruguay no cumplía en su totalidad con las normas mínimas para la eliminación de la trata de personas.
Por lo tanto, junto con la nueva normativa, se consolidó un Plan de Acción Nacional 2018-2020 y creó el Consejo Nacional de Prevención y Combate a la Trata y la Explotación de Personas. El Consejo tiene como cometidos diseñar y aprobar la política pública y el plan nacional de trata, velar por la eficaz persecución de quiénes cometen el delito de trata, proteger, atender y reparar a las víctimas. Es presidido por INMUJERES e integrado por el Ministerio del Interior, el Ministerio de Relaciones Exteriores, el Ministerio de Economía y Finanzas, el Ministerio de Defensa Nacional, el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, el Ministerio de Salud, el Instituto del Niño y el Adolescente del Uruguay, la Fiscalía General de la Nación, el Poder Judicial y tres representantes de las organizaciones de la sociedad civil de reconocida actuación en la materia.
Según el Informe sobre la trata de personas 2019 (Segmento Uruguay), realizado por la Embajada de Estados Unidos en Uruguay, el Ministerio de Desarrollo Social fue la institución que realizó los mayores esfuerzos para la atención de las víctimas, siendo en 2018 72 víctimas de trata y más de la mitad extranjeras. INAU estuvo a cargo la atención de los/as niños, niñas y adolescentes victimas de trata, identificando en 2018 95 situaciones (23 víctimas de trata con fines de explotación sexual).
La débil información, conceptualización y acumulado académico pone de manifiesto la necesidad de profundizar sobre la temática. La investigación Dueños de personas, personas con dueño, realizada por la ONG El Paso en 2020, refuerza esta idea, concluyendo que la trata de personas es un problema instalado en nuestro país, pero que, a pesar de los avances generados en los últimos años en la política pública, su reconocimiento como problema público es muy débil aún. En relación a la niñez y adolescencia, se reconoce la existencia de la explotación sexual de niñas, niños y adolescentes, pero no siempre los traslados internos de adolescentes son identificados con procesos de trata.
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